Del trato cerrado al cobro efectivo
Entre comerciantes el problema pocas veces está en el acuerdo comercial y casi siempre en cómo quedó documentado: un pagaré mal llenado, un suministro sin plazo cierto o una garantía que no se constituyó nunca. Trabajamos las dos etapas del ciclo mercantil, documentar bien la operación y, si hace falta, ejecutarla, con la vista puesta en que el papel sirva el día que haya que cobrarlo.
Suministro, distribución, comisión, agencia, prestación de servicios, maquila y franquicia, con las cláusulas de plazo, exclusividad, terminación y penalización que cada operación exige.
Pagarés, letras de cambio y cheques: llenado correcto, aval, endoso y conservación, que es donde se define si el documento será ejecutable.
Requerimientos, convenios de pago y reestructuras, que suelen recuperar más y más rápido que el juicio, sin quemar la relación comercial.
Acción cambiaria directa y de regreso con embargo desde el auto de exequendo, cuando el documento trae aparejada ejecución.
Controversias mercantiles que no cuentan con título ejecutivo, desde la demanda hasta la audiencia de juicio.
Prenda, prenda sin transmisión de posesión, fianza, aval y obligación solidaria, constituidas de modo que resistan la ejecución.
Apertura de crédito simple y en cuenta corriente, con sus accesorios y su documentación.
Incumplimientos, rescisiones y reclamaciones de daños en la relación entre empresas.
Empresas que venden a crédito y necesitan que su documentación soporte una cobranza real, no solo una expectativa.
Quien firma contratos redactados por la contraparte y requiere entenderlos y negociarlos antes de obligarse.
Negocios con adeudos documentados que deben decidir entre convenir, ejecutar o castigar.
Determinamos primero si lo que usted tiene en la mano es exigible y por qué vía; de eso depende todo lo demás.
Contrastamos el monto, la solvencia aparente y el costo del procedimiento, porque no todo adeudo conviene litigarse.
Promovemos el juicio que corresponda o formalizamos el arreglo, con la posibilidad de darle fuerza de sentencia mediante convenio ante el Centro Privado 370.
Ajustamos sus formatos y su proceso de documentación para que el siguiente cobro no dependa de la suerte.
Cuéntenos su situación y le orientaremos sobre el camino que conviene seguir, con sus tiempos y sus costos, antes de que usted tome cualquier decisión.